TIEMPO DE B. C., Y SONORA PAGINA 12 Por el Lie. Refací VIDALES TAMAYO. aquí SONORA ANALISIS V ©P0NQON BE LO Sg SJ E INTERESA A LOS SONORENSES Con ia actitud de ia Secretaría de Comercio, en el problema de la leche, constata-m o s desalentadoramente que nuestras autoridades tienen la fea costumbre de esperar siempre a que haga crisis un problema para encararlo y, cuando lo encaran, ya tienen enfrente otro problema mayor, derivado casual-mente de la tardanza en resolver el primero. Desde la época aquella en que el país se vio inmerso en el torbellino de la segunda guerra mundial, el presidente Manuel Avila Camacho, investido de facultades constitucionales ex traordinarias, expidió la famosa Ley del Ejecutivo Federal en Materia Económica que es la que se ha venido aplicando, desde entonces, para regular —o pretender nacerlo— los precios de los principales artículos de consumo generalizado y no suntuario en México. Mediante este ordenamiento público se obliga a los productores, distribuidores y comerciantes, a vender tales artículos a precios no superiores a los topes y, además, los obliga a venderlos sin discriminación de ninguna especie, es decir, el consumidor tiene el derecho a comprar un número ilimitado de productos sin condición alguna: aquí en México no debería tener aplicación la politico mercantil de exigir al cliente la compra mínima de otros artículos para poderle vender un litro de leche, por ejemplo, y menos aún debe darse el caso de que se acapare y esconda el cemento para la construcción. Si hay maíz, el comerciante está en la obligación de venderlo y de venderlo a precio igual o inferior al que aparece en las famosas listas oficiales de precios. La Ley del Ejecutivo Federal en Materia Económica data desde la época en que México se encontraba en estado de guerra y por ese motivo se suspendieron las garantías individuales en determinadas áreas de la actividad nacional, entre otras, en el de la economía y, concretamente, en la del comercio: el comerciante no tenía a su alcance el derecho al juicio de amparo en contra de la extralimitación de facultades y, así, el Estado Mexicano podía intervenir y aun confiscar los negocios que no acataran rígidamente la nueva legislación: o vendían a los precios topes o iban a la cárcel, pagaban fuertes multas o se les clausuraban sus negocios. Comerciante que ocultaba sus almacenes, especulaba con los productos de consumo necesario como el maíz, frijol, aceites comestibles, llantas, comestibles en general, granos, mercaderías varias contenidas en la larga lista hecha pública, comerciante que se iba a la ruina o caía no solamente en el desprecio ciudadano sino en cnirona. No tiene caso recordar aquí que a la sombra de la especulación y del mercado negro, muchas oersonas se enriquecieron. Y muchas de ellas eran personajes de alto renombre en la política nacional. El mercado negro del cemento —como hoy— y el de las llantas, era un mercado caro al cual no tenían acceso quienes no quisieran desprenderse de gruesos fajos de billetes: en México la corrupción no es nada nuevo. Lo que sí tiene mucha importancia es recordar que a partir de 1945 México dejó de ser país beligerante, por razón de que Japón ha- .. ■ 1^? bía firmado la paz con las naciones aliadas. Después de este afortunado incidente, era de esperarse que el Congreso de la Unión le retirara al Ejecutivo Federal las facultades extraordinarias que le había conferido. . . pero no sucedió así. La Ley del Ejecutivo Federal en Materia Económica siguió vigente. Los comerciantes continuaron con la obligación de fijar, en lugar visible, las listas oficiales de precios: obligación que, por otra parte, ni cumplieron entonces ni siguieron cumpliendo, pero que sirvió para que los señores inspectores de economía (como se llamaban) abultaron sus carteras y construyeran sus casitas, amén de sostener dispendiosos segundos frentes. Y tam bién seguían (siguen) con él ineludible imperativo de no subir los precios por encima de los señalados en aquellas listas: imperativo que tampoco cumplen. Para no irnos muy largos en esta exposición debemos decir, de una vez por todas y aquí, que aquella famosa ley de facultades extraordinarias, siendo incons- C © n t r a r i a-mente a la imagen distorsionada tiene el público de I a s pantos pasteuri-zadoras y estableros de que ocultaron la leche para presionar la elevación del precio, éstas se han venido defendiendo argumentando fundadamente que no es posible dejar de ordeñar a las vacas ni es posi-b i e almacenar un producto que, s i end o perecedero a corto pla-para conser-v a r s e trio requiere una inversión que elevaría los costos. Lo ' cierto es que la leche se distrajo h a c i a otros renglones de prod u c t o s lácteos como cremas, mantequillas, quesos y preparados varios. Y la rosón es obvia: se pierde dinero vendiendo leche.