< <) I D E C€ A ti E ILA La Condena Condicional .-En Defensa de la Juventud.-Tra-(amiento Especial para los Anormales. - Muy Severas 1 ends d los Reincidentes RODOLFO OCHOA lleve una vida licenciosa. Es en esta forma como la Sociedad con-yei tirá en elementos útiles a Iqs criminales que lo son por accidente, pues guien dis fruta de su libertad condicional tiene sobre sí la amenaza de, si comete un nuevo delito, sufrir la pena que le corresponda por éste, y además la que se le había perdonarlo! con la reserva de que observará buena conducta. No encontramos sino comentarios favo rabies para ios legisladores al indicar los lincamientos generales de la condena condicional. EN DEFENSA DE Siguiendo sus linea-LA JUVENTUD mientos generaleis de regenerar a los dleiin-cuentes, el nuevo Código Penal se ocupa con acuciosidad de determinar la forma en que debe tratarse a log rjienores de 18 años que infrinjan las leyes. Con esa mira, se prohíbe internar a los jóvenes a las Cárceles Públicas. Hasta la fecha, por falta de Escuela Correccional, y contra toda su voluntad, los Jueces tenían que permitir que los menores fuesen internados, si no en la Penitenciaría, sí en la cárcel Municipal, por donde desfilan .con frecuencia hampones de la peor calaña, y sobre todo, individuos que han necho de los vicios una profesión, sin llegar a lote linderos del crimen. En esos lugares fácil es comprender la educación que recibían los pequeños delincuentes, si se tiene en cuenta que un 60% de ellos se Iniciaban así en la carrera del crimen. El nuevo Código prescribe que a los jóvenes que se encuentren en ese caso, se les interne en algún plantel de educación, haciéndoseles examinar por especialistas que uecerminen la forma de conducir ai buen sendero sus malas inclinaciones, y para lograr este resultado dá al juez las más amplias facultades, llegando a permitirle que no se haga objeto al acusado de una verdadera detención, ino que se le permita vivir en su casa, imponiéndole algunas restriccio nes de acuerdo con sus padres o tutores, pa ra lograr su mejoramiento. Lo anterior quiere decir que el Código se ha hecho lo suficientemente elástico para Idgrar los fines que persigue que son los de regenerar a quienes delinquen, desatendiéndose, en cierta medida, del mal que hayan podido hacer. , ¡ ; _______________________ TRATAMIE N T O Otra aplicación de los E S P E CIAD PA- principios generales RA ANORMALES en que está inspirada la nueva Ley Penal, la encontramos en el Capítulo relativo a la forma en que deberán ser tratados los locos, los sordo mudos, y los anormales. A los dementes y sordo mudos (éstos úl (Sigue en Jfi página 8.) Sombreros de Paja en los Estilos Modernos DESDE g Q firt los acabado recibir Francisco !■ Rodríguez Esquina Victria y Morelos Saltillo, Coahuila. !»eee«VBM»ie»eiieBewweeeB«»eweBee«M REVISTA DE COAHUILA PAGINA 5