*1 I _________ SALTILLO COMERCIAL_____________ ________ .pagina veinticinco y estable cimientos de índole semejante, no están sujetos al pago del. impuesto establecido en la fracción 34 de la Tarifa de la i^ey General del Timbre si no se cruzan apuestas, si en el caso de haberlas, no interviene en ella^ la negociación y si los jugadores no tienen como objetivo el lograr una ganancia; en caso contrario, sí hay lugar al pago del inpuesto. _____ RESOLUCIONES GENERALES: RG-2579.—- CONSULTA: Una Oficina consulta—teniendo en cuenta resoluciones anteriores emitidas tpor esta Secretaría—-si es procedente el embargo de sueldos para asegurar el pago de toda clase de créditos fiscales, no obstante lo que previene al respe to el artículo 9 de la Ley Federal de] Trabajo. _____________ •milllilHIHlItlHIHHHi IIIHHimnillllHHIII IIUM1II1IIII UlIWHimiftM Himiimill HI 11 tu ill ft ItUlitl mm i|l u 1111H MI u HUI 1HIII «IMIIM «VH1IMII > 111 > < III IIIII MI m I i H11111 i i 11 HI H HU I Resoluciones para la aplicación del impuesto del__________ (Sigue de la pág. 11) 24. En este supuesto, las personas que se hallen comprendiidas en el artículo 48 del Código de Comercio, deberán adherir las matrices de las estampillas correspondientes, al original de la carta en la que se conserve en el libro co-piador a que se refiere el propio artículo. 25. —Las personas que no estén comprendidas en el precepto ci- KhiSULUCION: A partir del lo. de enero de 193j, en que entro en vigor la Ley Orgamca de La Tesoreiia ue la Federación, promulgada el 3U .ae ui-ciemure de 1932, cuyo artículo «7 destruyó la contradicción que apaiecia entre los artículos 44, fracción IV y 45 de la Ley orgánica de la Tesorería, de lo de fe-breio de 1926, y el articulo 95 ue la Ley Federal del Trabajo, ha sido legal y /procede en adelante el embargo de sueldos decretado por las Oficinas Ejecutoras para asegurar el pago de toda clase de créditos fiscales, con Las limitado nes que prescribe el propio artículo 77 de la ley citada en primer luga*. _____ IMPUESTO SOBRE CAPITALES. Herencias y Legados: Consulta: L-54-6O. fr. III—1935. ______ tado del Código de Comercio, si conservarán un duplicado de la carta respectiva, en éste adheri-.an los talones de las estaimpillas y en el original, las matrices. Si no conservan tal duplicajd'oi adherirán íntegras las estampillas correspondientes. 26.—Si además del duplicado, fl de la coipia del libro respectivo, se conservan otros ejemplares, se observará lo dispuesto (por el ar- Una negociación consulta ai causan ed. impuesto so ore aeren-cías y legados, las indemnizaciones que paga en virtud, de cía asma expresa contenida en el contrato colectivo de trabajo a las 'personas señaladas al efecto por los empleados y obreros que fallecen. RESOLUCION: En vista de que se trata de cantidades que no pertenecen al autor de la sucesión, y ue que éste, en vida, no puco ejercer ningún derecho sobre ellas, con fundamen to en el artículo 60, fracción ill de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados, de 6 de marzo de 1934, las cantidades de que se trata, no deben considerarse comprendidas en el caudal hereditario, ni causan por tanto, el impuesto a que se refiere la citada la$- ... . tículo 80 de la Ley General del Tiimbre ,en lo que a éstos atañe. Las resoluciones anteriores, con fundamento en el artículo 176 antes mencionado, se declaran de observancia general ¿para los efec tos a que haya lugar. Sufragio Efectivo. No Reelección.—México, D. F.f a 8 de noviembre de 1933.—El Subsecretario, Encargado del Despacho, Marte R. Gómez.—Rúbrica. •limit________________________ PARA EL FRIO NO HAY MEJOR ANTIDOTO QUE UN RUIN MEZCAL Y para MEZCALES BUENOS no hay más que UNA SOLA PARTE: eso sí, a 80 centavos la botella, porque nosotros no competimos en precios, SINO EN CALIDAD. PIDA USTED MEZCAL PURO DE “ESPIRITU SANTO” "El Centro Mercantil" FERNANDO Y ENRIQUE CABRAL, S. EN C. Teléfono 274. Saltillo, Coah. Apartado Postal 96. O'HmillHIlllllllllllMIIHHIllllllliHIlHIHHIHIHIflHIlfHIlimHHIMimitlIfimtUmilllllMI UMEmi WILL»' [ Librería - Imprenta - Papelería Apartado 156 Allende Nte. 12 y 14 Saltillo, Coah., Méx. '4i»i»»nttiinniinimtuiuii«inn»KtnninttutiiinHKWTitnnnimnr"'i"’"iT,"nmniitfiiinmim«iinak 5