Febrero-O- X prOgTAMA d£ ESTIMULO ALA • > rCACION V di q.itoho AHWIÍX) CONVOCATOliA 200/-2000 Debido al interés en impulsar el desarrollo cultural y artístico de la población, así como resaltar y confirmar los valores culturales de la nación, el gobierno del estado de Baja California, a través del Instituto de Cultura de Baja California (ICBC), y el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta) suscribieron el 23 de marzo de 1994 un Convenio marco de cooperación y concertaclón institucional en materia de descentralización de servicios y administración de bienes culturales. Asimismo, derivado del Convenio marco, el gobierno estatal y el Conaculta firmaron en esa fecha, en la ciudad de Tijuana, el Acuerdo de ejecución para iniciar el funcionamiento del Fondo Especial para la Cultura y las Artes de Baja California, con el objeto de fomentar la creación y el desarrollo artístico, dar a conocer el patrimonio cultural de la entidad, así como generar proyectos culturales que hagan posible la participación de la sociedad en su conjunto. En el Acuerdo de ejecución también se indica que las partes firmantes aportarán paritariamente al Fondo Especial, los recursos económicos para establecer un sistema de estímulos y los programas de estímulo a la creación y al desarrollo artístico que permitan, a través de la dotación de estímulos y apoyos, la consecución de tales objetivos. En las presentes convocatorias el Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico contempla los rubros siguientes: Estímulos para jóvenes creadores Estímulos para creadores con trayectoria Estímulos para el desarrollo artístico individual Estímulos para grupos artísticos Estímulos para grupos artísticos en producciones infantiles Investigación sobre arte en Baja California Difusión del patrimonio cultural Reconocimiento al creador emérito BASES GENERALES 1. Los solicitantes deberán demostrar una residencia mínima de los últimos 5 (cinco) años en la entidad (de febrero de 2002 o anterior a la fecha). 2. Presentar documentación por cuadruplicado, escrita a máquina o en computadora, firmada,' debidamente engargolada y en el siguiente orden: a) solicitud de apoyo firmada; b) copia de comprobante de residencia; cjcurrículo artístico individual y/o de grupo; d) plan de trabajo por desarrollar durante la vigencia del apoyo, que incluya explicación detallada del proyecto que se presenta a concurso: nombre del proyecto, objetivos, justificación, plan de trabajo calendarizado (estimación trimestral de los grados de avance); e) producto final esperado; f) material de apoyo que se considere pertinente para evaluar su proyecto, de acuerdo con las convocatorias particulares; y, g) carta compromiso firmada por los solicitantes, h) Si la propuesta contempla producción audiovisual, deberá presentar el guión o guiones respectivos y la relación del equipo con que cuenta el responsable para la producción de éstos (a excepción de los videos documentales, que deberán presentar una escaleta). i) Si la propuesta contempla producción escénica, deberá presentar bocetos de los diseños correspondientes y/o las cartas de aceptación de los diseñadores y realizadores involucrados en la propuesta. j) Si el proyecto requiere de presentaciones en espacios deberá presentar cartas de la (s) institución (es) donde desarrollarán su proyecto. k) Si el proyecto requiere de asesorías deberá anexar carta de aceptación de los asesores. 3. Los beneficiarios en todo momento conservarán los derechos de autor sobre su obra, obligándose únicamente, a firmar el convenio respectivo (ver número 16 de estas bases) así como a otorgar los créditos correspondientes al Fondo Especial para la Cultura y las Artes de Baja California. 4. Todos los proyectos deberán presentar alguna propuesta viable de difusión del traoajo (conferencias, exposiciones, talleres). , 5. Además de la propuesta de difusión presentada, adicionalmente y con el proposito oe promover de manera amplía los productos de los proyectos beneficiados la Comisión de Planeación, a través del Instituto de Cultura de Baja California, podrá acordar con los responsables de los proyectos concluidos la programación y calendarización en el estado de las actividades señaladas en su propuesta de difusión, dicha programación se realizara durante los doce meses posteriores a la presentación final del proyecto (el ICBC se reserva la selección, calendarización y programación de los proyectos a difundir). 6 En ningún caso se podrá participar en dos categorías, ni en dos disciplinas distintas. En el caso de los proyectos presentados en las categorías de: Estímulos para grupos artísticos y Estímulos para grupos artísticos en funciones escolares, los integrantes no podrán estar participando simultáneamente en otras categorías y/o disciplinas. 7. No se aceptará la participación de quienes hayan incumplido su compromiso de trabajo en alguna de las anteriores promociones del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California. De igual manera no podrán participar quienes incumplieron compromisos en años anteriores con el ICBC, o con alguno de los fondos que coordina esta institución con el CONACULTA. 8. No se admitirá alguna propuesta a concurso, en ninguna de las disciplinas de las presentes convocatorias, de quienes hayan obtenido el apoyo del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico en las dos convocatorias inmediatas anteriores (2005-2006 y 2006-2007). 9. No podrá participar como concursante ningún empleado o funcionario ya sea de base o por honorarios del Instituto de Cultura de Baja California o del CONACULTA, como tampoco ningún integrante de la Comisión de Planeación ni de la Comisión Técnica del Fondo Estatal para la Cultura y las Artes de Baja California. 10. Los apoyos que aquí se ofrecen no son para realizar investigaciones dentro del seno institucional ni para la obtención de un grado académico. 11. Los apoyos que se otorguen no podrán aplicarse a gastos que no estén directamente relacionados con la realización del proyecto aprobado, y previamente sancionados por la Comisión de Planeación del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California. 12. En ningún caso el periodo para la conclusión de un proyecto excederá de un año. 13. La evaluación de los proyectos presentados a concurso estará a cargo de una Comisión Técnica nombrada por la Comisión de Planeación del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California. 14. La Comisión Técnica tiene la facultad de solicitar información complementaria sobre los proyectos presentados a concurso. También tiene la facultad de otorgar un número menor de apoyos según lo estime conveniente, y de declarar desierta alguna de las categorías a las que se convoca. 15. El fallo de la Comisión Técnica es inapelable. 16. Las circunstancias no previstas en las presentes convocatorias serán resueltas en definitiva por la Comisión de Planeación del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California. 17. Los titulares de los proyectos ganadores suscribirán, con el Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California, un convenio en el que se precisarán las obligaciones de ambas partes, en lo que se refiere a la ministración de los recursos económicos, así como al desarrollo y presentación de los informes de avance de los proyectos aprobados. 18. Los titulares de los proyectos aprobados también se obligan a presentar un informe final, además de los Informes trimestrales, en donde se muestren los resultados obtenidos. 19. La Comisión de Planeación del Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California hará periódicamente una revisión de los informes de avance, presentados en forma trimestral por los responsables de cada proyecto. Esta Comisión de Planeación tiene la facultad de suspender y en caso necesario solicitar la restitución del apoyo otorgado, en cualquiera de sus etapas, las ministraciones de cualquier apoyo en caso de incumplimiento, por parte de los beneficiarios, del compromiso signado con el Programa de Estímulo a la Creación y al Desarrollo Artístico de Baja California. 20. No se devolverán los originales ni los materiales de apoyo de los proyectos presentados a concurso. 21. La fecha límite para presentar los proyectos a concurso es el lunes 9 de abril de 2007 antes de las 17:00 horas. En caso de utilizar el servicio de mensajería, la fecha que señale la guía de remisión no rebasará el plazo señalado. 22. La primera ministración de apoyos a los proyectos ganadores se hará a partir del día sábado 2 de junio de 2007. 23. Cualquier solicitud que no cumpla con las bases de las presentes convocatorias quedará automáticamente descalificada. 24. Las solicitudes, acompañadas de la documentación y el material de apoyo respectivo, deberán enviarse a: Mexicali Avenida Alvaro Obregón 1209, col. Nueva Mexicali, Baja California, C.P. 21100 Tel.: 01 (686) 553-50-44, ext. 116 Fax: (686) 554-12-78 Tijuana Avenida Centenario 10151, Zona Río Tijuana, Baja California, C.P. 22320 Tels.: 01 (664) 683-59-22, 684-86-09 Ensenada Centro Social, Cívico y Cultural Riviera Blvd. Costero s/n, Ensenada, Baja California, C.P. 22800 Tel: 01 (646) 177-31-30 Tecate Pdte. Ortiz Rubio y callejón Libertad s/n Tecate, Baja California, C.P. 21400 Tel: 01 (665) 654-14-83 Rosarito José Haros Aguilar No. 2004 fracc. Villa Turística Tel. y Fax: 01 (661) 612-67-60 San Quintín Av. A entre Novena y Décima fracc. Ciudad de San Quintín Tel.: 01 (616) 166-80-15 Para consulta en la red de la convocatoria: httD://www.baiacal¡fornia.gob,mx/icbc Mayores informes: fondosicbc@baia.qob.mx TOECAbC Fondo Especial para la Cultura y )aa Artes de Baja California