------------E L SEMBRADOR------------ (Sigue de la Pag. 5) nierosos los factores que han venido a determinarlo: el saneamiento de los grandes centros urbanos; el desenvolvimento de las relaciones comerciales, el desarrollo de las comunicaciones telefónicas, telegráficas, ferroviarias y postales; en fin, la obligación de satisfacer multitud de necesidades que ha venido a imponer la vida moderna, exigiendo al Estado, como órgano tutelar de los intereses de la sociedad, que busque los medios para su satisfacción. La creación por parte del Estado de ciertos servicios, exije erogaciones que a veces éste no puede efectuar, o cuya realización implicaría la de operación en condiciones desventajosas tanto para aquél como para el público; también puede suceder que la naturaleza misma del servicio requiera una administración especial que sea incompatible con el organismo oficial que debiera proporcionarlo, y, por tanto, no pudiera hacerlo de una manera eficiente. La experiencia ampliamente ha demostrado que la complejidad de las organizaciones burocráticas, constituyen prindi-palísimos inconvenientes para que determinados servicios sean prestados por el Estado, debiendo ser encomendados a particulares para que en substitución del mismo, lo hagan. Así pues, es al Estado a quien corresponde originariamente procurarle a la sociedad los medios para que satisfaga sus necesidades de orden público, siendo uno de estos medios los servicios públicos. Pero, se van creando necesidades que deben ser satisfechas por el Estado, y que éste no puede remediar sin tropezar con las dificultades antes mencionadas, autorizando entonces a una determinada persona, para que en substitución suya y mediante el cumplimiento de los requisitos necesarios, lleve a cabo la realización del servicio. Estos requisitos no los fija el Estado de una manera arbitraria, sino mediante leyes especiales que norman el funcionamiento del servicio, las que son obligatorias aún para el propio Estado cuando se trata de servicios que él mismo presta, di gamos el correo y los telégrafos. Además es teóricamente imposible establecer distinción alguna entre la naturaleza jurídica del servicio público desarrollado por el Estado y la del desarrollado por particulares, dado a que la estructura del servicio es idéntica, el ordenamiento que los regula es el mismo en muchos casos; y de las necesidades ni para qué hablar. Lo único que cambia es el titular. Si por las razones expresadas el Estado se vé en la necesidad de permitir que lo substituya un particular en la prestación de un servicio que a él le correspondía pero que no pudo proporcionar, cualquiera suspensión en el servicio afectará en la misma forma al público, a pesar de lo cual, en nuestro derecho se hace caso omiso a esta consideración y el reconocimiento del derecho de huelga en los services públicos parece depender del titular del mismo, desatendiéndose en lo absoluto de la naturaleza jurídica de dichos servicios. Tal parece que por el solo hecho de que esa necesidad esté siendo satisfecha por un particular, pierda su carácter de orden público. Los conflictos de trabajo en empresas concesionarias de servicio público casi siempre han sido vistos por nuestro gobierno con la misma indiferencia y parcialidad con que ve los conflictos en el resto de las negociaciones, procurando salvaguardar siempre los intereses del grupo laborante, tomando en consideración de una manera enteramente secundaria el interés colectivo, siendo que al presentarse un conflicto de esta naturaleza, el Estado puede legalmente y debe intervenir inmediatamente para buscar a manera de conciliar los intereses de ambas partes contendientes. Siempre se podrá encontrar una solución adecuada sin que para llegar a ella tenga que afectarse forzosamente a los usuarios del servicio que en el caso que venimos tratando es la sociedad. Pero esa intervención debe ser justa y oportuna y no dejarse como último recurso, como sucedió recientemente con la huelga telefónica, en que el Estado se vió materialmente en la necesidad de tomar cartas en el asunto ______________________________E L S E M para terminar con el conflicto, siendo de lamentarse que consciente de antemano en que esa medida iba a ser indispensable, se haya esperado cerca de un mes para decidirse a aplicarla, y después de que se habían causado ya incalculables daños. Si esa intervención del Estado hubiese sido oportuna, la solución habría sido la misma, indudablemente, pero con menores perjuicios tanto para los intereses de los trabajadores, como para los de la empresa, con menos violencia y se habrían evitado tantos daños que sufrieron los diversos sectores afectados, incluyendo al mismo Gobierno. Hay evidentemente varias razones de fuerza que debiera considerar el Estado para desconocer la huelga en los servicios públicos y una de ellas es. excluyendo las íbgio de la............... (Sigue de la Pág. 3) durece su alma, cuando los desvíos lo han tornado áspero y taciturno, la inagotable abnegación de la madre sabe ser bálsamo y sabe dar consuelo. Las heridas del hijo punzan en su propia carne. Aquellos extravíos le queman las mejillas y el corazón. Me apena hablar de las durezas e ingratitudes que reciben algunas madres; lo señalo para agregar una perla a su magnífica diadema. La festividad de este día es una idea generosa nacida en los últimos años. Pero su contenido profundo viene de más lejos. Honrar al padre y a la madre es un precepto básico de validez universal. Este día y todos subsistirá la obligación perenne. Y nuestro homenaje quedaría trunco si solamente se limitara al entusiasmo con que hoy ofrecemos un ramo de flores. Las flores más bellas se mar- B R A D 0 R_______________________________ de política, de orden, de economía, etc., la imprescindible necesidad que tiene el público de utilizar dichos servicios y por ende, de que éstos no se suspendan. Los servicios públicos son de interés social y no pueden interrumpirse sin grave quebranto de los intereses de la colectividad. Precisamente para que ciertos servicios funcionen siempre, es por lo que la ley les concede esa categoría que es universalmente acertada. Por esto es que huelga y servicios públicos, a mi modo de ver deben considerarse como conceptos antitéticos, y en las empresas de esta índole, el interés particular del obrero debe posponerme siempre al interés general del público, debiendo sus trabajadores valerse de otros medios más razonables que no sean las huelgas para procurarse los beneficios que pretenden. chitan con las horas, inexorablemente, sin dejar, muchas veces, ni el perfume. Pero la bondad de nuestras madres no marca fechas ni opone limitaciones: nos deja siempre la ocasión propicia para nuestro agradecimiento. Hasta las que ya se han ido, y que no podemos menos que recordar entrañablemente, nos proporcionan el consuelo de venerar su memoria y seguir sus enseñanzas. ¡Sean todas benditas! Las que llevan el nardo y la esperanza de la juventud y las que guardan la sabiduría y la nieve de los años. Aquella que goza, sufre, ampara y guía. Por la que sentimos florecer la gracia y la gloria en nuestro hogar; por la que brota una evocación y una plegaria. Monterrey, Mayo de 1944. — 6 —