8 CARGOS SOBRE LA PERSECUCION RELIGIOSA Influisición en España, desde el principio hasta el fin, dimanó de la corona. En apoyo de lo dicho haremos algunas citas de Ranke, historiador protestante alemán, que no podrá ser acusado de parcial para con la Iglesia Católica. “En primer lugar;” dice este autor, “los inquisidores fueron oficiales del rey ; los reyes tenían el derecho de nombrarlos y de removerlos. Los tribunales de la Inquisición estaban so metidds, del mismo modo que los otros de la nación, a visitadores reales. ‘¿No sabéis,’ decía el rey a Jimenez, ‘que si posee jurisdicción este tribunal, la deriva del rey?’. “En segundo lugar, todos los productos de las confiscaciones pertenecían al rey y estas jeran llevadas a cabo de un modo muy generoso. Aunque los Fueros de Aragón prohibían al rey confiscar la propiedad de sus súbditos condenados, él declaró que la ley no se extendía a los asuntos pertenecientes a este tribunal... Los rendimientos de estas confiscaciones formaron una renta regular desde un principio para las arcas reales; y aun se ha creído y asegurado que la avaricia y no la piedad, fué la que movió a los reyes a establecer y sostener este tribunal. “En tercer lugar, fué la Inquisición, y solamente ella, la que prohibió completamente toda extraña intervención del Estado. El soberano tenía, pues, a su disposición un tribunal, del que nadie podía sustraerse, aunque fuese Grande de España, fuere Arzobispo. Como Carlos V no hallase otro medio de imponer ciertos castigos a los Obispos que habían tomado parte en la insurrección de las ComunidacLes (o de los comuneros que luchaban por sus derechos y libertades), escogió el de hacerlos juzgar por la Inquisición. “Esta era una institución política en espíritu y tendencias. El Papa tuvo mucho interés en oponerse a ella, y lo hizo; pero el rey tuvo interés en sostenerla constante* mente.” (1) ' . ■ El hecho siguiénte prueba que la Inquisición en España obraba independientemente de la Santa Sede, y que aun • la jerarquía Católica cayó bajo la sanción de este tribunal real. Después de la reunión del Concilio de /Trente, Bartolomé ’Carranza, Obispo de Toledo, fué acusado de herejía y en consecuencia arrestado, por orden de la Inquisición; y ni la interposición del Papa Pío IV ni las amonestaciones del Concilio fueron parte a conseguir su libertad. .■ (1) Loe Imperios Otomano y Español, por LeppoWcr Ranke. ‘