454 la voz nes piadosas, porque ya ve que dice el señor D. C. L. que1 “cubren sus adversarios con máscara de piedad su,vanidad y presúncion?’ Tenga vd. también cuenta con no decirle apodos ni epítetos de los que es tan familiar en esta, ciudad usar para calificar ó denostar á los que tierien un modo de pensar independiente y son amigos de la libertad de sil país; porque ya ve vd. que á los que tal hagan, les echa un conjuro en latín que sabe Dios lo que querrá decir. ■ . Lucio. Pierda vd. cuidado, señor mió, porque se me da un bledo de que "me califiquen íe vanidoso ó presuntuoso y de que use de máscara en tiempo tan cercano al Carnaval: soy chismoso, soy cuentero, pero digo la verdad. Por lo demas, sabré evitar se me aplique lo que llama vd. con-iuro, pues sé muy bien que con ravones, y no con denuestos, es Como deben sustentarse las lides entre caballeros: lo que siento en mi alma es que el señor D. C. L. nos haya dado, un ejemplo de lo contrario en las palabras que vd. ha referido: me encargaré de ellas á su tiempo. Curioso. Comencemos, pues, señor D. Lucio; y al efecto dígame vd. ¿qué le parece de esté acsioma de derecho público con .que comienza el remitido: “La autoridad suprema pued,e todoaqueUosinlpcMalesim-posd)l& conseguir el fin para, que ha sido establecida?" Lucio. Que ese no es acsioma sino contraprincipio: esas palabras no son otra cosa que el fundamento del sistema abominable de Hóbbes, el partidario mas ardiente, del absolutismo; son la esplanacion del antiguo proloquio de los déspotas, “ el rey es dueño de vidas y haciendas:" son, en fin, la doctrina que invocan los que quieren seamos regidos por una mano fuerte y enérgica. Apostaría yo un tlaco de cobre á que el señor D. C. L. se ha ido de espaldas cuando haya visto que esa misma proposición es en la que se han apoyado los señores editores del Universal para dar por tierra con el actual sistema de gobierno. ¡Tan cierto es que los estremos se tocan, y que la ecsagéracion de ideas liberales conduce al despotismo! Nosotros los vanidosos y presuntuosos llevamos otro principio, verdadero, racional y fundado en la constitución que nos rige, á saber: “ Las “ autoridades supremas no pueden sino aquello para que están faculta-“ das espresamente por la constitución y leyes.” - Curioso;: - • ¿Y qué le parece á vd. de estas otras palabras del remitido: “ Ese fin (proporcionar á los ciudadanos seguridad, paz y felicidad) no “ puede obtenerse, sin contar con los recursos necesarios para satisfacer “ los gastos públicos?” Lucio. El principio es cierto; pero su aplicación á la contribución sobre el Clero qué impone la ley orgánica de Guardia Nacional no es acertada. La razon es, porque ha ecsistido en otro tiempo la Guardia Nacional sin que haya habido necesidad de gravar al Clero con impuestos. Mas diré: puede ecsistir hoy esa institución eminentemente liberal, sin que sea preciso ecsigir de persona alguna, una contribución personal; y para que vea vd. que no hablo al aire, lea la sesión del senado del congreso ge-