-LA SUPREMACIA DEL PAPA 7 fueron para ella en su infancia. Los consultamos instin-tivamente acerca de la fe de aquellos tiempos y ellos fueron los depositarios de la verdadera Fe. Pues bien, los Padres de la Iglesia, todos rinden homenaje a los Obispos de Roma como a sus Superiores. El espacio limitado de que dispongo en esta obrita, no me permiten dar extractos de sus escritos. El lector que no esté familiarizado con la lengua original de los Padres, o que no tenga a la mano sus escritos, puede verlos en la obra titulada La Fe de los Católicos donde hallará, copiosos extractos de sus escritos, en vindicación de la Primacía de los Papas. 3. Los Concilios Ecuménicos nos ofrecen otra vindicación elocuente de la Supremacía de los Papas. Un Concilio ecuménico o general es una reunión de Prelados que representan a toda la Iglesia Católica. Un Concilio general es para la Iglesia, lo que los poderes Ejecutivo y Legislativo de Washington son para los Estados Unidos. Hasta ahora, se han reunido 19 Concilios ecuménicos, inclusive el del Vaticano. Los once últimos tuvieron lugar en el Occidente, y los ocho primeros en el Orimte. Nada diré de los Concilios Occidentales porque ninguno niega que hubiesen estado sometidos a la autoridad del Papa. Hablaré brevemente del influjo importante que la Santa Sede ejerció en los ocho Concilios Orientales. El primer Concilio general se reunió en Nicea, en 825; el segundo, en Constantinopla, en 381; el tercero, en Efeso, en 431; el cuarto, en Calcedonia, en 451; el quinto, en Constantinopla, en 553; el sexto, en la misma ciudad, en 680; el séptimo, en Nicea, en 787 ; y el octavo, en Constantinopla, en 869. Los Obispos de Roma convocaron estas asambleas o al menos, aprobaron su convocación; los presidieron todos por medio de sus Legados, excepto el primero y el segundo cpncilios de Constantinopla, y confirmaron todos los ocho con su autoridad. Antes de que las Actas de los Concilios viniesen a ser leyes, requirieron la firma del Papa, lo mismo que los actos del Congreso de una República no tienen fuerza de ley hasta que no sean sancionados por el Presidente de ella. ¿No es esta una prueba de la Primacía? El Papa . convoca y dirige los Sínodos y sanciona sua Actas no por