8 EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA arrepentido. ¿Pero cómo podrá juzgar de la disposición del pecador si no conoce sus pecados; y cómo conocerá el sacerdote sus pecados, sin que ellos sean confesados? Por esta razón, es lo más natural lo que se lee en los Hechos de los Apóstoles, que “Muchos de los creyentes o fieles venían a confesar, y a declarar todo lo malo que habían hecho” (Hech. XIX, 18), a los Apóstoles. ¿Por qué confesaban aquellos sus pecados, si no se les obligaba a hacerlo así? Por la misma razón es también natural lo que afirma San Juan: Pero si confesamos humildemente nuestros pecados, fiel y justo es él para perdonárnoslos y lavarnos de toda iniquidad según su promesa.” (I S. Jwm I, 9). Estos textos de la Escritura tienen más fuerza con el apoyo que les han prestado todos los Padres de la Iglesia, quienes desde el primero hasta el último han sostenido la necesidad de la confesión como institución divina. Los que están poco familiarizados con la doctrina y la historia de la Iglesia dicen frecuentemente que la Confesión Sacramental no fué introducida en ella hasta 1,200 años después de Jesucristo, y aun citan en su apoyo a santos como Basilio, Ambrosio, Agustín, Jerónimo y Cri-sóstomo. Estas citas son del todo inconducentes; pero hechas en la debida forma,. tienden por el contrario a probar la doctrina católica de la Confesión. En atención a la brevedad, citaré solamente algunos pasajes de los mencionados Padres. Tomo estas citas al acaso de sus numerosos escritos sobre la Confesión, y por ellas se podrá juzgar del sentir de todos los Padres a éste respecto. “Ab uno disce o-mnes.” San Basilio escribe: “Debe observarse en la confesión de los pecados el mismo método que en el tratamiento de las enfermedades del cuerpo; porque así como la curación de estas no se encomienda a cualquiera sino a los facultativos, de igual manera debe no hacerse la confesión de los pecados sino a aquellos que tengan el po-der de' aplicar el remedio.”